#Subsecretaría de la Mujer

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VIALE 30/08/2021 DELSOLVIALE DELSOLVIALE
violencia instituc

Desde la subsecretaría de la Mujer  te informamos que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define como Violencia Institucional a “los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia”.
 ¿Cuándo puede ocurrir la violencia institucional? Cuando has presentado una denuncia por ser víctima de algún tipo de violencia, o has sido despojada injustamente de tus derechos y las instituciones no te han proporcionado un trato digno de calidad y calidez, e incluso cuando las autoridades han tolerado la vulneración de derechos o han participado en complicidad con tu agresor.
¿Quién puede ejercer la violencia institucional? La Policía, el Ministerio Público, los jueces y los magistrados de tribunales, las autoridades escolares o cualquier otro agente de autoridad por acciones u omisiones que violenten tus derechos y/o atenten contra tu dignidad e integridad personal y familiar.
Ante dudas o consultas relacionadas a este tipo de violencia podes acercarte a la oficina de la subsecretaría de la mujer de  lunes a viernes de 6:30 a 12:30 horas ubicada en el Salón de los Intendentes o comunicarte al 0343 154 055 981. Recuerda que si fuiste víctima de algún tipo de violencia ¡no estás sola!

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